Derechos y obligaciones · Qué depende de qué

Algunas obligaciones se cumplen el mes que viene. Otras necesitan antes una base.

Las cuatro obligaciones no parten del mismo punto. Las bandas para personas candidatas necesitan bandas salariales; las solicitudes de información y los informes necesitan grupos de trabajo de igual valor y una base de datos fiable.

ObligaciónQué exigeQué debe existir antesEsfuerzoInicio
Antes de la contratación (art. 5)Retribución inicial o su banda para personas candidatas; sin preguntas sobre el salario anteriorBandas salariales por puesto; textos acordados para selecciónBajoInmediato
Criterios accesibles (art. 6)Criterios de retribución, niveles retributivos y progresión, objetivos y neutrosUn sistema retributivo por escrito y una decisión sobre cuánto se publicaMedioTras revisar el sistema retributivo
Derecho de información (art. 7)Retribución propia y retribución media por género para un mismo trabajo o un trabajo de igual valor, en dos mesesGrupos de trabajo de igual valor, una base de datos fiable, un proceso de respuesta con responsables y plazosAltoTras la valoración de puestos
Información (art. 9)Indicadores fijados de brecha salarial de género, media y medianaGrupos de trabajo de igual valor, una base de datos fiable, una definición de indicadores y un ciclo de aprobaciónAltoTras la valoración de puestos

Las solicitudes de información y los informes se apoyan en la misma base: grupos de trabajo de igual valor y una base de datos fiable. Constrúyala una vez.

Cómo se relacionan las piezas

Dependencias entre las obligacionesLa valoración de puestos lleva a grupos de trabajo de igual valor y a bandas salariales. Los grupos y una base de datos fiable alimentan la información del art. 7 y el informe del art. 9. Las bandas salariales alimentan la información a candidaturas del art. 5 y los criterios del art. 6.Valoración de puestosUna base dedatos fiableGrupos de trabajode igual valorBandas salarialesArt. 7informaciónArt. 9informeArt. 5candidaturasArt. 6criterios

Periodicidad del informe según el número de personas empleadas

Art. 9 · EUR-Lex

Personas empleadasPeriodicidadPrimer informe
250 o másAnual7 de junio de 2027
150 a 249Cada tres años7 de junio de 2027
100 a 149Cada tres años7 de junio de 2031
Menos de 100Sin obligación según la DirectivaLos Estados miembros pueden ir más allá

Las cuatro obligaciones en detalle

Art. 5

Antes de la contratación

Bandas para personas candidatas y ninguna pregunta sobre el salario anterior.

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Art. 6, 7

Durante la relación laboral

Criterios accesibles y derecho de información.

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Art. 9, 10

Información y evaluación retributiva conjunta

Indicadores de brecha salarial de género y qué ocurre tras una diferencia de al menos el 5 % que no se justifica ni se corrige en seis meses.

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Art. 10

Representación legal de las personas trabajadoras

Dónde interviene la RLPT.

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